Resolución de Controversias

Es un escenario independiente, técnico y especializado, conformado por un jurado para dicho fin especial, en el cual se deciden las reclamaciones que se presenten ante Autocontrol Colombia en relación con la comunicación comercial difundida por anunciantes y agencias de publicidad, dentro del año anterior a la presentación de la reclamación.

¿Qué tipo de reclamaciones se resuelven?

Las reclamaciones que se pueden presentar ante Autocontrol Colombia y que son objeto del procedimiento objeto de este Reglamento corresponden a aquellas que se originen en una presunta vulneración a los lineamientos éticos previstos en el Código de Publicidad Comercial y Mercadeo de la Cámara de Comercio Internacional y/o en las guías y códigos que en materia de publicidad emitan los gremios que conforman la cadena de valor de la industria publicitaria en Colombia, bien sea con ocasión de un anuncio publicitario que haya sido trasmitido o difundido en Colombia a través de cualquier medio de comunicación o por internet, o de otras técnicas, tales como promociones, patrocinios, mercadeo directo o publicidad comercial digital.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Por solicitud de cualquier persona jurídica que ostente la calidad de anunciante, agencia de publicidad o medio de comunicación. Igualmente, podrán formular reclamación las ligas y asociaciones de consumidores legalmente constituidas. En esta instancia ética podrán ser parte reclamada tanto el anunciante como la agencia de publicidad encargada de la creación y ejecución de la estrategia de comunicación comercial objeto de la reclamación.

¿Cómo es el procedimiento?

El procedimiento se regirá por los principios de independencia, imparcialidad, transparencia, eficacia, rapidez y equidad. El debido proceso se aplicará en todas las actuaciones previstas para la resolución de la controversia.

El procedimiento es oral, privado y en audiencias, a excepción de las reclamaciones y contestaciones a las mismas y las evidencias documentales que sean allegadas o decretadas por el jurado en el curso del proceso.

¿Qué valor tiene?

Para más información consulte por medio de nuestro formulario de contacto.

¿Qué carácter tiene la información?

Autocontrol Colombia, sus colaboradores y los miembros del Jurado de Autocontrol se comprometen a mantener bajo estricta reserva y confidencialidad toda la información que conozcan en relación con las partes reclamante y reclamada, a causa o con ocasión de una reclamación.

La información confidencial proporcionada será de uso exclusivo del Secretario del Jurado y de los miembros del Jurado de Autocontrol Colombia. Dicha información no podrá ser puesta en conocimiento de los miembros de la Asamblea General ni del Consejo Directivo de Autocontrol Colombia ni de terceros, pudiendo únicamente levantar dicha confidencialidad a petición del titular de dicha información.

¿Cómo se presenta la reclamación?

La reclamación se presentará por escrito, radicada en físico en la sede de Autocontrol Colombia o por correo electrónico dirigido a: reclamaciones@autocontrolcolombia.org

Más servicios

El Copy Advice o Consulta Previa consiste en una valoración confidencial, voluntaria y no vinculante

Monitoreo de compromisos

Para garantizar la efectividad de las iniciativas autorregulatorias, es necesario que los compromisos asumidos sean cumplidos por los participantes de las mismas, para lo cual Autocontrol Colombia realiza su seguimiento.

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